¿Compraste una máquina que no funciona o te reclaman una deuda? Guía legal completa para empresas en España - Servicios Edac
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¿Compraste una máquina que no funciona o te reclaman una deuda? Guía legal completa para empresas en España

¿Compraste una máquina que no funciona o te reclaman una deuda? Guía legal completa para empresas en España

⚖️ Introducción

En el ámbito empresarial es habitual encontrarse con situaciones como:

  • Maquinaria industrial que no funciona correctamente desde el inicio
  • Equipos sustituidos que siguen siendo defectuosos
  • Proveedores que retiran la máquina pero siguen reclamando el pago
  • Empresas que han pagado grandes cantidades y no tienen ni máquina ni solución

Este tipo de conflictos no son excepcionales. De hecho, constituyen uno de los principales focos de litigios en el ámbito mercantil.

En este artículo analizamos:

  • Qué derechos tienes como empresa
  • Qué plazos existen para reclamar
  • Qué puede hacer el proveedor contra ti
  • Estrategias legales reales y efectivas

Marco legal aplicable en España

Las reclamaciones por maquinaria defectuosa se encuadran principalmente en:

  • Código Civil español
  • Derecho contractual
  • Normativa sobre incumplimiento de obligaciones

Principios clave

1. Incumplimiento contractual (art. 1124 CC)

Cuando una de las partes no cumple:

  • puedes exigir el cumplimiento
  • o resolver el contrato
  • o reclamar daños y perjuicios

Esto aplica cuando la máquina no funciona o no cumple lo pactado.

2. Prescripción de acciones (art. 1964 CC)

El punto más crítico en estos casos.

Según el Código Civil:

Las acciones personales prescriben a los 5 años desde que puede exigirse el cumplimiento

Esto incluye:

  • reclamaciones por incumplimiento
  • resolución de contratos
  • reclamación de pagos

Este plazo se redujo de 15 a 5 años tras la reforma de 2015

⏱️ ¿Cuál es el plazo para reclamar una máquina defectuosa?

Regla general

5 años desde el incumplimiento

Ejemplo:

  • Máquina defectuosa en 2018
  • Retirada en 2019

➡️ El plazo normalmente empieza en 2019

➡️ Prescripción aproximada: 2024

⚠️ Importante: interrupción de la prescripción

El plazo puede reiniciarse si hay:

  • reclamación judicial
  • reclamación extrajudicial formal
  • reconocimiento de deuda

Ojo:
Los simples emails no siempre son suficientes.

¿Qué puedes reclamar como empresa?

1. Sustitución de la máquina

Si el contrato sigue vigente:

  • exigir reparación
  • exigir sustitución

2. Resolución del contrato

Si el incumplimiento es grave:

  • devolver la máquina
  • recuperar el dinero

Esto es clave cuando hay un caso de:

“aliud pro alio” (te han dado algo inútil)

3. Indemnización de daños

Puedes reclamar:

  • pérdidas de producción
  • costes adicionales
  • lucro cesante

¿Puede el proveedor reclamarte la deuda?

Sí, pero con límites.

También tiene un plazo de 5 años

El proveedor:

  • solo puede reclamar dentro del mismo plazo
  • desde que la deuda es exigible

Si han pasado más de 5 años sin reclamar:

⚠️ la deuda puede estar prescrita

¿Qué pasa si el proveedor es extranjero (Portugal, UE)?

En la Unión Europea:

  • Se aplica el Reglamento Bruselas I bis
  • Se determina:
  1. tribunal competente
  2. ley aplicable

Regla general

  • Te pueden demandar en tu país
  • o en el suyo (según contrato)

Por eso es clave revisar:

  • contrato firmado
  • cláusulas de jurisdicción

⚖️ Escenario más habitual en la práctica

Muchos casos terminan en una situación como esta:

Empresa compradora Proveedor
Ha pagado Tiene el dinero
No tiene máquina Tiene la máquina
No reclama No reclama

Resultado:

prescripción mutua

  • nadie reclama
  • conflicto “bloqueado”

Errores más frecuentes (y graves)

❌ 1. No reclamar formalmente

  • Emails informales no protegen
  • Se pierde el derecho por prescripción

❌ 2. Seguir pagando sin solución

  • Refuerza la posición del proveedor

❌ 3. No resolver el contrato a tiempo

  • Se mantiene una relación jurídica “muerta”

❌ 4. No analizar la estrategia jurídica completa

  • puedes perder dinero
  • o reactivar una deuda prescrita

Estrategia legal recomendada

Antes de actuar:

1. Revisar documentación

  • contrato
  • facturas
  • emails
  • sustituciones

2. Analizar prescripción

Clave para:

  • reclamar con seguridad
  • evitar que te reclamen

3. Diseñar estrategia

Opciones:

  • negociación estratégica
  • reclamación formal
  • demanda
  • defensa frente a reclamación

❓ FAQs – Preguntas frecuentes

¿Cuánto tiempo tengo para reclamar una máquina defectuosa?

Generalmente 5 años desde el incumplimiento.

¿Puedo reclamar si han pasado más de 5 años?

Solo si se ha interrumpido la prescripción o el incumplimiento es continuado.

¿El proveedor puede reclamarme si no tengo la máquina?

Sí, pero también tiene un plazo de 5 años.

¿Los emails interrumpen la prescripción?

A veces, pero no es lo más seguro jurídicamente.

¿Qué pasa si el proveedor es extranjero?

Se aplica normativa europea, pero dependerá del contrato.

Conclusión

Los conflictos por maquinaria industrial defectuosa pueden implicar:

  • pérdidas económicas importantes
  • deudas latentes
  • riesgos legales ocultos

Y lo más importante:

el tiempo juega en tu contra

Si no actúas correctamente:

  • puedes perder tu derecho a reclamar
  • o reactivar una deuda que ya estaba prescrita

 En Asesoría Edac somos especialistas en:

  • reclamaciones mercantiles
  • conflictos por maquinaria industrial
  • defensa frente a proveedores
  • negociación y litigación estratégica

Analizamos tu caso de forma integral:

  • contrato
  • situación legal real
  • riesgos
  • opciones de éxito

Antes de dar cualquier paso, consulta con nosotros.

Daniel Moreno Haro

www.serviciosdac.com
info@serviciosdac.com
930 15 37 72



CONTRATACIÓN DE SERVICIOS:

Usted está contratando su inclusión en una demanda colectiva dirigida al Consorcio de Seguros. En concreto los servicios incluidos son:

– Revisión de contratos de Seguros de Comercio para valoración de la posibilidad de Reclamación ante la propia compañía de Seguros o en su defecto al Consorcio de Seguros algún tipo de indemnización debido al Cese Temporal del Negocio por covid19 o cualquier otro motivo incluido en el condicionado del contrato.

– Presentación de reclamación ante el Consorcio de Seguros.

– Adhesión a la posible Demanda Colectiva al Consorcio de Seguros exigiendo la inclusión del Covid19 como causa que motiva indemnización por Lucro Cesante.

CONTRATACIÓN ADICIONAL A PACTAR:

– Demanda al Consorcio de Seguros de Forma Colectiva*

RESULTADO INCIERTO:

Este despacho advierte del resultado incierto del procedimiento judicial iniciado al Consorcio, así como de la duración del mismo. En este sentido, queremos dejar constancia de que las explicaciones ofrecidas han sido suficientes y por tanto es usted como cliente quien asume el resultado incierto de este procedimiento.

Indicarle, que para el caso de NO prosperar el procedimiento, se procederá según lo dispuesto en el artículo 394 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil. En este caso le informaremos de forma previa antes de iniciar cualquier procedimiento, de cualquier consecuencia que suponga o pueda suponer un coste para usted.

Por tanto, usted se está uniendo a una demanda colectiva y tanto su reclamación y/o importe a solicitar como indemnización será pactada entre usted y nuestro despacho de forma previa.

*COSTE PROCEDIMIENTO JUDICIAL:

El precio indicado como pago inicial de 150€+IVA incluye la inclusión en la demanda colectiva, la redacción de la demanda, la revisión de documentos y las reclamaciones previas a la demanda.

Para el caso de interponer una demanda de forma colectiva, debe saber que:

Para el supuesto de tener contratada póliza de seguros que incluya defensa jurídica, estos gastos podrán ser asumidos por la misma previa declaración de siniestro, por lo que inicialmente no se haría efectivo el pago, que solo procederá en el caso de que finalmente la cobertura no lo permitiera, en cuyo caso se procederá al pago de los honorarios según lo estipulado en le presente presupuesto en la forma estipulada en el mismo.

Para el caso de NO tener contratada póliza de seguros que incluya defensa jurídica, los honorarios de este despacho se abonarían según la presente escala:

Hasta 3000 € ________________ 300 + IVA

Hasta 10.000 € ______________ 400 + IVA

Hasta 30.000 € ______________ 500 + IVA

Hasta 60.000 € ______________ 600 + IVA

Superior a 60.001 €# a comentar

Importes inferiores a 3.000€ a comentar puesto que su inclusión den la demanda colectiva no tiene por qué conllevar aparejada una cantidad mínima de dinero queriendo por tanto únicamente unirse para reclamar un derecho futuro.

ASESORAMIENTO PERMANENTE E INFORMACIÓN:

La prestación del servicio supone la aceptación del presente presupuesto incluye el asesoramiento permanente, que Vd. puede recibir con carácter general, mediante el Boletín Informativo que periódicamente se la facilitará y que recoge todas las novedades relacionadas con los temas contratados por Vd.; o bien información de carácter particular mediante las consultas que Vd. efectúe y que serán atendidas por nuestros profesionales.

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