Comunicado urgente Asesoría y LCDN debido a la actual situación en Catalunya - Servicios Edac
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Comunicado urgente Asesoría y LCDN debido a la actual situación en Catalunya

Comunicado urgente debido a la actual situación en Catalunya

Estimado cliente/colaborador/lector,

Debido a la gran cantidad de consultas recibidas estos días a cerca de la posibilidad de que Catalunya realice una DUI (Declaración Unilateral de Independencia ) nuestro despacho Asesoría Edac y nuestra consultoría La Central del Negocio quieren emitir el siguiente comunicado conjunto:

  1. Tranquilidad

A pesar de la incertidumbre que podría provocar en la economía la Declaración de la DUI y entrada en vigor de la Ley de Transitoriedad es poco o nada probable que se realice con rapidez. De entrada, la Ley tiene previsto que tras la DUI se inicie la preparación de una Constitución Catalana que posteriormente deberá ser sometida a referéndum y una vez aprobada se tendrían que convocar elecciones para proclamar al presidente de la República Catalana.

Por tanto, si el Gobierno catalán finalmente tira por la directa con la DUI hemos de contar un plazo aproximado de 2 meses como mínimo para toda su preparación y puesta en marcha en su totalidad. Nos posicionamos por tanto después de Navidades si todo va rápido.

Durante ese periodo la economía directa y para entendernos, de barrio, no se verá afectada directamente ni para comerciantes ni negocios de proximidad por cuanto se podría continuar trabajando de forma totalmente autónoma y aún “bajo un paraguas nacional e internacional”. Durante ese periodo se vería exactamente cuál es el futuro de nuestro país.

Cuenten que ante la posibilidad de la DUI aún dispondremos de algo de margen de maniobra para aquellos más desconfiados en el proyecto de la República Catalana. No adelantemos nada y seamos cautos.

  1. Salir fuera de Catalunya

Muchos de nuestros clientes nos preguntan por la posibilidad de marcharse fuera de Catalunya. La realidad es que para el caso de una DUI la situación financiera se pondría difícil durante un tiempo dado que casi con toda seguridad los créditos y financiación quedarían restringidos. Pero no seamos alarmistas aún. Insistimos en que tenemos margen de maniobra, Catalunya representa un 20% del PIB y el 16% de la población y no se tomará, esperamos, una decisión de forma precipitada. Queremos pensar que tantos años de estudios nos han servido a todos y especialmente a los gobernantes para algo más que hacer unas oposiciones o poner un nombre en una tarjeta de visita.

Algunas de las grandes empresas y corporaciones están marchando de Catalunya, pero otras muchas están viniendo. Los movimientos responden más a elementos fiscales o tributarios que ya tenían planificados y la situación actual ha sido la excusa perfecta para el cambio de sede. No nos dejemos engañar del todo. Las grandes empresas que se han marchado son principalmente capitalistas, seguros y corporaciones globales de servicios que no operan localmente. La principal razón ha sido y es evitar bajadas en la cotización de sus acciones dada la presión que se está ejerciendo a nivel internacional por ambas partes del conflicto catalán. La pequeña empresa “debe estar tranquila”. El IBEX no afecta a los pequeños empresarios dado que genera muchos millones pero en general los beneficios que generan ya se van fuera de España, cosa que se ha protestado y reivindicado desde casi todos los sectores económicos de forma histórica. Lo que hemos de proteger es la pequeña y mediana empresa. No lo olvidemos.

( Banc Sabadell se traslada a una sede que ya era suya para “economizar” costes dado que su situación no es la mejor; La Caixa se traslada a Baleares aprovechando su mejor tratamiento fiscal; etc. )

Todos estos cambios de sede no suponen pérdida de puestos de trabajo. Sólo responden al hecho que hemos comentado.

Trasladar una empresa de pequeño tamaño fuera de Catalunya puede conllevar costes añadidos de gestión que quizá deba considerar previamente. Otra cosa es que además en muchos de los casos, sus trabajos continuarán realizándose en territorio catalán por lo que en realidad necesitará disponer de un centro de trabajo, etc. también en Catalunya.

Más adelante les explicamos en todo caso qué alternativas pueden tener. Que sepan que si es su decisión, acertada o no trasladar su sede social a otra comunidad podemos ayudarles a elegir correctamente.

  1. Posibilidad de corralito o bloqueo bancario: Cuenta espejo

Aunque nos encantaría decir que no es viable que pase, la realidad es que ante una fuga masiva de empresas y capitales como la que al menos se rumorea que está sucediendo, la posibilidad dentro del marco de una DUI de haber corralito es elevada. ¿Qué implica un corralito?

  • ¿Eso significa que puedo perder mi dinero? No. Su dinero estará protegido aunque quizá no pueda retirar todo el que desee o necesite.
  • ¿Algún día podré sacarlo? Sí, el problema reside en que si realmente no se nos dejara entrar en la zona euro tendríamos que manejar nuestra propia moneda lo cual implicaría que en un inicio y para estimular la economía nuestro nuevo país nuestro dinero de devaluará. Es decir, que la moneda Catalana debería ser más barata que el euro para recuperar inversores atraídos por “lo barato” de nuestro país.
  • ¿Y si tengo el dinero en un banco español? Si su dinero está en un banco, sea español o catalán da realmente igual. Aquí el problema está en que la oficina o sucursal está en territorio Catalán y por tanto ha pasado a ser una sucursal extranjera con respecto a España o Europa. Lo único que le daría tranquilidad es disponer de su dinero en sucursales fuera de territorio catalán.

En cualquier caso, insistimos en que no sean alarmistas. La posibilidad existe y es real. Esperemos que también sea poco probable, pero la devaluación de la moneda catalana es una posibilidad además del corralito.

Si está alarmado, la solución momentánea sería crear una cuenta espejo en otra oficina bancaria del mismo banco pero otra comunidad. Nos ponemos a su disposición para más información al respecto. Pero quede claro que nuestro despacho ni realiza prácticas ilegales ni es nuestro cometido la evasión de impuestos ni nada que se asemeje remotamente. Todo nuestro trabajo va destinado a que dentro de la legalidad y cauces normales conforme a leyes y normativas nuestros clientes puedan beneficiarse del sistema existente y en ningún caso burlarlo. Nuestros clientes son ante todo empresarios honrados.

  1. Posibilidad de traslado de oficinas

Ya hemos introducido qué podría suponer el traslado de oficinas a otras comunidades autónomas. No precipiten sus decisiones.

Como saben, dentro de nuestros planes de expansión a través de nuestra empresa y con nuestro modelo de Franquicia hemos abierto oficina en varias poblaciones.

Actualmente nuestra asesoría cuenta con oficinas fuera de Catalunya en Alicante y estamos preparando nuestra apertura en Madrid y Andorra desde hace meses y que por tanto podemos prestarle un servicio global más amplio. No es nuestra intención invitarle a salir de Catalunya ni muchísimo menos. Nosotros estamos aquí y seguiremos aquí convencidos que la sensatez de uno y otro lado vendrá y que se impondrá la razón seamos independentistas, centralistas, nacionalistas o cualquier otro nombre que quieran ponernos a cada uno de nosotros.

Igualmente, ante la declaración de la DUI por parte de Catalunya, serán necesarios al menos 6 días para la aplicación del ya famosísimo Articulo 155. Aplicar el artículo 155 conllevaría a la nulidad de la Generalitat y del Estatuto Catalán. El delegado de Gobierno, Enric Millo, sería el nuevo presidente y se convocarían elecciones. Por tanto, ante este escenario, nuestra consultoría ya le plantearía otras actuaciones si considerásemos el caso.

Por lo que respecta al Artículo 116 que vendría a ser llevar el 155 al extremo y que intervinieran ya las fuerzas armadas cosa que evidentemente no contemplamos que pueda suceder… Si esto pasa, haremos directamente una reunión con todos nuestros clientes.

Por eso mismo, insistimos en que por ahora deben estar tranquilos. Nuestra consultora estará atenta a los acontecimientos y por propio interés nuestro le avisaríamos inmediatamente si considerásemos urgente tomar medidas de algún tipo.

  1. Servicios complementarios

Nos ponemos a su entera disposición para valorar todas las opciones que tiene a su alcance reiterando una vez más que la tranquilidad es nuestro mejor aliado siempre para tomar decisiones inteligentes.

Recordarle que nuestra consultora ofrece con carácter genérico servicios de:

Asesoría: Fiscales, contables, laborales, mercantiles y jurídicos.

Financiero: próximamente le ofreceremos la posibilidad de participar en nuestra plataforma de Crowdfunding que estamos iniciando para la financiación de proyectos profesionales de nuestros clientes y amigos.

Compra venta y traspaso de negocios: sucesiones empresariales, ampliación de negocios, traspaso de negocios de proximidad, venta de empresas, etc.

El presente comunicado lo hacemos extensible y visible en nuestras páginas web y deseamos que sea un mensaje tranquilizador para nuestros clientes poniéndonos a su disposición para analizar los casos concretos y características particulares.

Daniel Moreno

CEO Asesoría Edac

CEO La Central del Negocio

Comunicado presentado en La Central del Negocio



CONTRATACIÓN DE SERVICIOS:

Usted está contratando su inclusión en una demanda colectiva dirigida al Consorcio de Seguros. En concreto los servicios incluidos son:

– Revisión de contratos de Seguros de Comercio para valoración de la posibilidad de Reclamación ante la propia compañía de Seguros o en su defecto al Consorcio de Seguros algún tipo de indemnización debido al Cese Temporal del Negocio por covid19 o cualquier otro motivo incluido en el condicionado del contrato.

– Presentación de reclamación ante el Consorcio de Seguros.

– Adhesión a la posible Demanda Colectiva al Consorcio de Seguros exigiendo la inclusión del Covid19 como causa que motiva indemnización por Lucro Cesante.

CONTRATACIÓN ADICIONAL A PACTAR:

– Demanda al Consorcio de Seguros de Forma Colectiva*

RESULTADO INCIERTO:

Este despacho advierte del resultado incierto del procedimiento judicial iniciado al Consorcio, así como de la duración del mismo. En este sentido, queremos dejar constancia de que las explicaciones ofrecidas han sido suficientes y por tanto es usted como cliente quien asume el resultado incierto de este procedimiento.

Indicarle, que para el caso de NO prosperar el procedimiento, se procederá según lo dispuesto en el artículo 394 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil. En este caso le informaremos de forma previa antes de iniciar cualquier procedimiento, de cualquier consecuencia que suponga o pueda suponer un coste para usted.

Por tanto, usted se está uniendo a una demanda colectiva y tanto su reclamación y/o importe a solicitar como indemnización será pactada entre usted y nuestro despacho de forma previa.

*COSTE PROCEDIMIENTO JUDICIAL:

El precio indicado como pago inicial de 150€+IVA incluye la inclusión en la demanda colectiva, la redacción de la demanda, la revisión de documentos y las reclamaciones previas a la demanda.

Para el caso de interponer una demanda de forma colectiva, debe saber que:

Para el supuesto de tener contratada póliza de seguros que incluya defensa jurídica, estos gastos podrán ser asumidos por la misma previa declaración de siniestro, por lo que inicialmente no se haría efectivo el pago, que solo procederá en el caso de que finalmente la cobertura no lo permitiera, en cuyo caso se procederá al pago de los honorarios según lo estipulado en le presente presupuesto en la forma estipulada en el mismo.

Para el caso de NO tener contratada póliza de seguros que incluya defensa jurídica, los honorarios de este despacho se abonarían según la presente escala:

Hasta 3000 € ________________ 300 + IVA

Hasta 10.000 € ______________ 400 + IVA

Hasta 30.000 € ______________ 500 + IVA

Hasta 60.000 € ______________ 600 + IVA

Superior a 60.001 €# a comentar

Importes inferiores a 3.000€ a comentar puesto que su inclusión den la demanda colectiva no tiene por qué conllevar aparejada una cantidad mínima de dinero queriendo por tanto únicamente unirse para reclamar un derecho futuro.

ASESORAMIENTO PERMANENTE E INFORMACIÓN:

La prestación del servicio supone la aceptación del presente presupuesto incluye el asesoramiento permanente, que Vd. puede recibir con carácter general, mediante el Boletín Informativo que periódicamente se la facilitará y que recoge todas las novedades relacionadas con los temas contratados por Vd.; o bien información de carácter particular mediante las consultas que Vd. efectúe y que serán atendidas por nuestros profesionales.

Así mismo, usted autoriza a que nuestra consultora, o cualquier empresa del grupo pueda incluir sus datos personales y de contacto dentro de sus bases de datos con fines comerciales y/o promocionales y a utilizar por tanto sus datos con dicho fin.

POLÍTICA DE CONTRATACIÓN DE PROTECCIÓN DE DATOS:

ASESORIA EDAC – LCDN, SL tratará de modo confidencial los datos de carácter personal del cliente cumpliendo adecuadamente y en todo momento con lo dispuesto en el nuevo Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril, de protección de datos de carácter personal y la libre circulación de los mismos, reflejado en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos digitales. Los datos facilitados por el cliente. Serán tratados conforme a las exigencias legales en todo momento, y adoptarán las medidas de seguridad adecuadas que eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. En cualquier momento, el cliente o sus representantes podrán ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición con modificación, según lo previsto en el nuevo Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril, de protección de datos de carácter personal y la libre circulación de los mismo o cualquier otra normativa aplicable al efecto, mediante correo electrónico a la dirección administracion@serviciosdac.com o por correo ordinario al domicilio social de ASESORIA EDAC – LCDN, SL (Calle Valencia 482 Local, 08013 Barcelona), o por cualquier otro medio que permita conocer la identidad de los clientes que ejerciten cualquiera de los anteriores derechos. ASESORIA EDAC – LCDN, SL se reserva el derecho de modificar su política de seguridad y protección de datos de manera discrecional, en cualquier momento y sin previo aviso, siempre ajustándose a la legislación española vigente en todo momento.