Recurso sanción por saltarse confinamiento - Servicios Edac
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Recurso sanción por saltarse confinamiento

Nuestro departamento Jurídico está especializado en recursos de multas y sanciones administrativas. NO PAGUE las multas por saltarse el confinamiento!. Las recurrimos!

En nuestro artículo “¿Son legales las sanciones por saltarse el confinamiento?” ya indicábamos las características de este tipo de recurso.

En cualquier caso, aquí las detallamos:

ESPECIALISTAS EN RECUROS DE MULTAS POR SALTARSE CONFINAMIENTO

 Costes de Reclamación y Complejidad

Recurrir una multa por saltarse el confinamiento no es complicado, Asesoría Edac y su departamento jurídico puede ayudarle a solicitar la nulidad de la multa.

Los casos más comunes de sanción son desplazarse en coche, salir fuera de su localidad, reuniones en la calle, salir a comprar y no llevar justificante de la compra etc.

Coste del procedimiento: 100€+IVA. Puede contratar aquí mismo el servicio y nuestros abogados se pondrán en contacto con usted para agilizar la presentación de recursos:

Indique su nombre y apellidos


Recuerde que según los criterios indicados en nuestro artículo, y debiendo obviamente revisar cada expediente de forma concreta, las sanciones por saltarse el confinamiento pueden ser objeto de recurso por considerarse ilegales.

¿Cuál puede ser el resultado?

Todo dependerá de la anulación inicial de la multa con el primer recurso, De ahí la importancia de contar con un buen despacho jurídico y redactado.

De no obtener un resultado favorable, tendríamos que seguir con el procedimiento y lo más seguro es tener que llegar hasta el recurso contencioso administrativo.

Para el caso de llegar al CONTENCIOSO, se trata de un procedimiento judicial que puede llevar a celebración de vista. En este caso los honorarios de abogado tendrán que adaptare a la cuantía de la sanción impuesta porque siempre teniendo en cuenta el límite del tercio de la reclamación, que para el caso más bajo por ejemplo de una sanción de 601 euros, seria de 200€ iva incluido de honorarios.

Ahora bien, para el caso de derivarse o acudir al TSJ en apelación sí sería necesario procurador.

Fases del expediente administrativo

1.- Se notifica la iniciación del expediente por la Delegación del Gobierno y hay 15 días para hacer alegaciones.

2.- Se recibe propuesta de resolución, lo que significa que a pesar de todo se sigue adelante, luego tenemos otros 15 días para realizar nuevas alegaciones.

3.- Si se recibe ya la resolución, la sanción ya es formal y se otorga 1 mes para recurso de alzada al superior jerárquico

4.- Contra la desestimación de la alzada cabe recurso contencioso administrativo

IMPORTE DE LAS SANCIONES:

Las sanciones que ha recomendado el Ministro Sr. Marlaska en un documento interno remitido a las Diputaciones, y que es un motivo más de nulidad de la multa, son entre alguna otra, las siguientes:

1-Desplazamiento no autorizado _____________________________________________601 €

2-Actitud inapropiada hacia el agente:

-menosprecio___________________________________________________________2000 €

-Intimidación (que no sea penal)_____________________________________________3000 €

-Violencia o amenaza (que no sea penal)______________________________________10400 €

3- Persistencia a la restricción de libre circulación_______________________________ 1200 €

4-Persistencia realización de actividades no permitida____________________________2000 €

5- Menores o personas discapacidad  en vehículo sin causa justificada_______________1500 €

6-Desplazamiento no autorizado de grupo personas1____________________________1500 €

7-Desplazamiento no autorizado a 2º residencia_________________________________1500 €

8- Negativa a identificarse de forma dolos_______________________________________700 €

9- Actitud que dificulte la identificación _______________________________________1500 €

10-Participacion en celebraciones, festejos etc_________________________________10400 €

NO PAGUE LAS MULTAS POR SALTARSE EL CONFINAMIENTO. LAS RECURRIMOS!!



CONTRATACIÓN DE SERVICIOS:

Usted está contratando su inclusión en una demanda colectiva dirigida al Consorcio de Seguros. En concreto los servicios incluidos son:

– Revisión de contratos de Seguros de Comercio para valoración de la posibilidad de Reclamación ante la propia compañía de Seguros o en su defecto al Consorcio de Seguros algún tipo de indemnización debido al Cese Temporal del Negocio por covid19 o cualquier otro motivo incluido en el condicionado del contrato.

– Presentación de reclamación ante el Consorcio de Seguros.

– Adhesión a la posible Demanda Colectiva al Consorcio de Seguros exigiendo la inclusión del Covid19 como causa que motiva indemnización por Lucro Cesante.

CONTRATACIÓN ADICIONAL A PACTAR:

– Demanda al Consorcio de Seguros de Forma Colectiva*

RESULTADO INCIERTO:

Este despacho advierte del resultado incierto del procedimiento judicial iniciado al Consorcio, así como de la duración del mismo. En este sentido, queremos dejar constancia de que las explicaciones ofrecidas han sido suficientes y por tanto es usted como cliente quien asume el resultado incierto de este procedimiento.

Indicarle, que para el caso de NO prosperar el procedimiento, se procederá según lo dispuesto en el artículo 394 de la vigente Ley de Enjuiciamiento Civil. En este caso le informaremos de forma previa antes de iniciar cualquier procedimiento, de cualquier consecuencia que suponga o pueda suponer un coste para usted.

Por tanto, usted se está uniendo a una demanda colectiva y tanto su reclamación y/o importe a solicitar como indemnización será pactada entre usted y nuestro despacho de forma previa.

*COSTE PROCEDIMIENTO JUDICIAL:

El precio indicado como pago inicial de 150€+IVA incluye la inclusión en la demanda colectiva, la redacción de la demanda, la revisión de documentos y las reclamaciones previas a la demanda.

Para el caso de interponer una demanda de forma colectiva, debe saber que:

Para el supuesto de tener contratada póliza de seguros que incluya defensa jurídica, estos gastos podrán ser asumidos por la misma previa declaración de siniestro, por lo que inicialmente no se haría efectivo el pago, que solo procederá en el caso de que finalmente la cobertura no lo permitiera, en cuyo caso se procederá al pago de los honorarios según lo estipulado en le presente presupuesto en la forma estipulada en el mismo.

Para el caso de NO tener contratada póliza de seguros que incluya defensa jurídica, los honorarios de este despacho se abonarían según la presente escala:

Hasta 3000 € ________________ 300 + IVA

Hasta 10.000 € ______________ 400 + IVA

Hasta 30.000 € ______________ 500 + IVA

Hasta 60.000 € ______________ 600 + IVA

Superior a 60.001 €# a comentar

Importes inferiores a 3.000€ a comentar puesto que su inclusión den la demanda colectiva no tiene por qué conllevar aparejada una cantidad mínima de dinero queriendo por tanto únicamente unirse para reclamar un derecho futuro.

ASESORAMIENTO PERMANENTE E INFORMACIÓN:

La prestación del servicio supone la aceptación del presente presupuesto incluye el asesoramiento permanente, que Vd. puede recibir con carácter general, mediante el Boletín Informativo que periódicamente se la facilitará y que recoge todas las novedades relacionadas con los temas contratados por Vd.; o bien información de carácter particular mediante las consultas que Vd. efectúe y que serán atendidas por nuestros profesionales.

Así mismo, usted autoriza a que nuestra consultora, o cualquier empresa del grupo pueda incluir sus datos personales y de contacto dentro de sus bases de datos con fines comerciales y/o promocionales y a utilizar por tanto sus datos con dicho fin.

POLÍTICA DE CONTRATACIÓN DE PROTECCIÓN DE DATOS:

ASESORIA EDAC – LCDN, SL tratará de modo confidencial los datos de carácter personal del cliente cumpliendo adecuadamente y en todo momento con lo dispuesto en el nuevo Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril, de protección de datos de carácter personal y la libre circulación de los mismos, reflejado en la Ley Orgánica 3/2018 de 5 de diciembre de Protección de Datos Personales y Garantía de Derechos digitales. Los datos facilitados por el cliente. Serán tratados conforme a las exigencias legales en todo momento, y adoptarán las medidas de seguridad adecuadas que eviten su alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado. En cualquier momento, el cliente o sus representantes podrán ejercer su derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición con modificación, según lo previsto en el nuevo Reglamento (UE) 2016/679 de 27 de abril, de protección de datos de carácter personal y la libre circulación de los mismo o cualquier otra normativa aplicable al efecto, mediante correo electrónico a la dirección administracion@serviciosdac.com o por correo ordinario al domicilio social de ASESORIA EDAC – LCDN, SL (Calle Valencia 482 Local, 08013 Barcelona), o por cualquier otro medio que permita conocer la identidad de los clientes que ejerciten cualquiera de los anteriores derechos. ASESORIA EDAC – LCDN, SL se reserva el derecho de modificar su política de seguridad y protección de datos de manera discrecional, en cualquier momento y sin previo aviso, siempre ajustándose a la legislación española vigente en todo momento.