¿Se deben declarar los préstamos entre familiares o particulares?
Préstamos entre particulares. ¿Cómo funcionan? ¿Se deben declarar a nivel fiscal? ¿Qué consecuencias tiene no hacerlo? En este artículo lo analizaremos.
Debido a la Ley de Blanqueo de Capitales, cualquier movimiento en efectivo que se realice será susceptible de interpretarse como “falso”. Esto es importante porque indica de antemano las posibles consecuencias de no haber documentado correctamente la operación. Esto podría implicar que las aportaciones recibidas se consideren como una donación y no como un préstamo.
Obligaciones de de los préstamos entre particulares
Para garantizar que Hacienda no interprete un préstamo como una donación es fundamental que exista documentación escrita, esto es, un contrato.
Realizar un contrato nos asegurará que exista prueba escrita y documentada de la operación. Eso nos evitará gastos extra y futuros o problemas con hacienda. Esto debe hacerse indistintamente de si el préstamo es entre particulares o familiares.
El contrato deberá ser registrado tras liquidar el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales en el plazo de 1 mes desde la recepción del importe.
¿Qué datos deben constar para que se considere un contrato válido?
En el contrato deberá figurar no sólo los datos de la persona o personas que reciben el dinero y de la que lo presta si no también la finalidad del dinero prestado, la forma elegida para realizar el préstamo así como sus futuras devoluciones y por supuesto, si el préstamo llevará interés o no y la fecha del vencimiento o límite para el cumplimiento del pago.
Ventajas de formalizar préstamos entre particulares
La principal ventaja de registrar un préstamo es que a todos los efectos los importes adeudados son exigibles y tienen un vencimiento por lo que nos ahorrará gastos y costes en el caso de que el prestatario no cumpla con su obligación de devolución.
Así mismo, y como ya apuntábamos anteriormente, el hecho de que el préstamo sea exigible y esté registrado garantiza nuestra protección ante Hacienda y la Administración de la interpretación de los importes recibidos evitando que sea considerado como una Donación.
Tipos de contratos de préstamo entre particulares y sus diferencias
No todos los préstamos entre particulares son iguales desde el punto de vista legal y fiscal. Dependiendo de quién presta el dinero, para qué se utiliza y si existen intereses, el tratamiento puede variar de forma significativa.
A continuación analizamos los principales tipos de contratos de préstamo entre particulares y sus diferencias más relevantes.
Contrato de préstamo entre particulares “estándar”
Es el contrato más habitual y se utiliza cuando una persona presta dinero a otra, ya sea familiar, amigo o tercero, con el compromiso de devolución.
Características principales
- Existe obligación de devolver el dinero, lo que lo diferencia claramente de una donación.
- Puede formalizarse con o sin intereses.
- Debe constar por escrito mediante contrato privado, indicando: a)Identidad de prestamista y prestatario b) Importe prestado c) Plazo y forma de devolución d) Tipo de interés (si existe)
- Debe declararse ante Hacienda mediante el modelo 600, aunque el resultado sea cuota cero si no hay intereses.
Este tipo de préstamo se utiliza habitualmente para:
- Ayudas puntuales de liquidez
- Estudios
- Inversiones personales
- Necesidades económicas temporales
Préstamo entre padres e hijos para la compra de vivienda
Uno de los supuestos más frecuentes es el préstamo de padres a hijos para ayudar en la compra de una vivienda, especialmente para cubrir la entrada o parte del precio.
Aunque jurídicamente sigue siendo un préstamo entre particulares, Hacienda lo analiza con especial atención.
Aspectos clave a tener en cuenta
- Debe existir contrato de préstamo firmado por ambas partes.
- Es obligatorio presentar el modelo 600 para que no se considere una donación encubierta.
- Debe quedar clara la obligación real de devolución, aunque las condiciones sean flexibles.
- Es muy recomendable que las devoluciones se realicen mediante transferencias bancarias, para poder justificarlas.
Diferencias respecto a un préstamo estándar
- La finalidad está vinculada a la adquisición de un inmueble.
- Suelen establecerse plazos largos y cuotas reducidas.
- Hacienda suele comprobar que no se trate de una donación encubierta si no hay devoluciones reales.
Si no se documenta correctamente, la Administración puede recalificar la operación como donación, con el consiguiente impuesto y posibles sanciones.
Préstamos entre particulares con intereses y sin intereses
Otra diferencia fundamental es si el préstamo genera o no intereses.
Préstamo sin intereses
- Es perfectamente legal.
- No genera tributación para el prestamista.
- Debe declararse igualmente mediante el modelo 600.
- Es muy habitual en préstamos familiares.
Aunque fiscalmente sea neutro, no declararlo puede provocar que Hacienda lo considere una donación.
Préstamo con intereses
- El prestamista obtiene un rendimiento económico.
- Los intereses deben declararse en su IRPF como rendimientos del capital mobiliario.
- Deben constar claramente en el contrato.
- Puede implicar obligaciones adicionales según el importe y la periodicidad.
Obligaciones formales para evitar problemas con Hacienda
Uno de los errores más comunes es pensar que, por tratarse de un préstamo entre familiares, no es necesario documentarlo ni declararlo.
Contrato por escrito
Aunque la ley permite el préstamo verbal, a efectos fiscales es imprescindible un contrato escrito, ya que:
- Aporta prueba frente a Hacienda.
- Evita conflictos futuros entre las partes.
- Define claramente las condiciones del préstamo.
No es obligatorio acudir a notario, pero un contrato bien redactado es clave.
Declaración mediante el modelo 600
- Debe presentarse incluso si el préstamo está exento o no genera impuesto.
- Normalmente lo presenta el prestatario (quien recibe el dinero).
- El plazo suele ser de 30 días desde la entrega del dinero (puede variar según la comunidad autónoma).
- En la mayoría de préstamos sin intereses, el resultado será 0 €, pero la presentación es obligatoria.
Riesgo de que Hacienda considere el préstamo como donación
Si no existe contrato, no se presenta el modelo 600 o no hay movimientos bancarios que acrediten la devolución, Hacienda puede entender que:
- No existe obligación real de devolver el dinero
- El dinero recibido es una donación encubierta
Esto puede implicar:
- Pago del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones
- Recargos e intereses
- Sanciones económicas
Resumen fiscal rápido
| Situación | Consecuencia fiscal |
|---|---|
| Préstamo documentado y declarado sin intereses | Exento, pero obligatorio modelo 600 |
| Préstamo con intereses | IRPF para el prestamista |
| Préstamo sin contrato ni declaración | Riesgo de donación y sanción |
| Préstamo padres-hijos para vivienda mal documentado | Alta probabilidad de regularización |
Preguntas frecuentes (FAQ)
¿Es obligatorio declarar un préstamo entre familiares?
Sí. Aunque no tenga intereses, debe declararse mediante el modelo 600 para evitar que se considere una donación.
¿Un préstamo de padres a hijos para comprar una vivienda paga impuestos?
No necesariamente. Si se formaliza correctamente y se declara, puede estar exento, pero es obligatorio documentarlo.
¿Qué pasa si no presento el modelo 600?
Hacienda puede considerar que el dinero recibido es una donación y exigir el impuesto correspondiente, con recargos y sanciones.
¿Quién debe presentar el modelo 600?
Generalmente el prestatario, es decir, quien recibe el dinero.
¿Los intereses de un préstamo entre particulares tributan?
Sí. El prestamista debe declararlos en su IRPF como rendimiento del capital mobiliario.
¿Es necesario ir al notario?
No es obligatorio, pero un contrato bien redactado y una correcta declaración fiscal son imprescindibles.
¿Cómo demuestro que estoy devolviendo el préstamo?
Mediante transferencias bancarias periódicas que coincidan con lo pactado en el contrato.
Consejo profesional
En préstamos entre particulares, especialmente familiares, el error no suele ser pagar de más, sino no declarar nada. Una correcta planificación evita regularizaciones futuras y conflictos con Hacienda.
¿Cómo podemos ayudarle?
Asesoría Edac cuenta con un departamento jurídico especializado en la redacción y registro de contratos de préstamo, ya sea entre familiares o particulares. Además, nuestro equipo consta con amplia experiencia en la redacción de contratos participativos, pactos de socios y contratos mercantiles, préstamos convertibles para empresas startup, etc.
Por su parte, La Central del Negocio, empresa especializada en compra venta de empresas y traspaso de negocios, como empresa asociada, nos ha indicado que durante 2021 un 25% de las operaciones que se han formalizado en la consultora se han financiado con inversiones privadas o préstamos familiares o particulares dejando constancia por tanto de la importancia de este tipo de operaciones a la hora de iniciar un proyecto de inversión o startup o un proyecto emprendedor. Es por eso, que contar con un buen asesoramiento legal o jurídico previo es fundamental a la hora de prestar dinero. No hacerlo correctamente puede llevar en un corto plazo de tiempo, a pagar impuestos y gastos totalmente innecesarios ya que el coste de redacción de un contrato de préstamo y registro suele rondar entre los 200€ y los 600€ dependiendo de la dificultad o naturaleza del contrato.
Si desea más información sobre cómo puede prestar dinero o cómo declararlo o si desea incorporar socios en su empresa a través de préstamos participativos o préstamos convertibles, no dude en consultar con nuestro equipo. Estaremos encantados de atender sus consultas.
Daniel Moreno Haro
CEO Asesoría Edac – La Central del Negocio
Telf. 930153772 – info@serviciosdac.com